SEDAMIL S.A.C.E.I. s/ incidente de Beneficio de Litigar sin Gastos
El beneficio de litigar sin gastos constituye una garantía constitucional que asegura la prestación del servicio de justicia adaptado a la situación económica del peticionario y se fundamenta en los artículos 16 y 18 de la Constitución Nacional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal Fiscal de la Nación analizó un incidente de solicitud del beneficio de litigar sin gastos presentado por una sociedad en el marco de un procedimiento impositivo. Se discutió la validez de dicho beneficio, considerando la situación económico-financiera de la empresa, que atraviesa un estado concursal y dificultades financieras, frente a la obligación de abonar una tasa de actuación según la Ley N° 25.964. Se revisaron los antecedentes probatorios aportados, incluyendo informes judiciales y documentos contables, así como referencias jurisprudenciales sobre la aplicación razonable del beneficio y sus requisitos. Se examinaron los criterios constitucionales de defensa en juicio e igualdad ante la ley relacionados con la posibilidad de obtener dicho beneficio y la interpretación adecuada del estado financiero y patrimonial para evaluar la procedencia del mismo.
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