EX-2025-13080895-APN-SGASAD#TFN (ARAUCO ARGENTINA SA
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una norma en forma incidental cuando resuelve sobre recursos en materia aduanera, conforme al artículo 1164 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó el recurso de apelación contra la resolución administrativa que denegó la devolución de pagos efectuados por derechos de exportación establecidos mediante un decreto presidencial previo a la sanción de una ley que regularizó dichos tributos. Se discutió la nulidad e inconstitucionalidad del decreto por falta de cumplimiento del principio de legalidad tributaria y la reserva de ley, confrontando la exigencia reglamentaria con garantías constitucionales y precedentes jurisprudenciales relevantes. El Tribunal examinó la aplicabilidad del fallo plenario que limita su competencia para declarar la inconstitucionalidad en este trámite y valoró la jurisprudencia nacional y federal vinculada, diferenciando la validez del decreto durante el intervalo entre su vigencia y la entrada en vigor de la ley que luego lo homologó.
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