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La adhesión al Régimen de Regularización Excepcional implica el allanamiento o desistimiento incondicional de las acciones, reclamos y recursos en trámite respecto de las obligaciones regularizadas, con renuncia a toda acción y derecho, incluso el de
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó el recurso de apelación interpuesto contra una resolución que impuso una multa por infracción al Código Aduanero y formuló cargos por tributos adeudados. Se discutió la aplicación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social previsto en la ley 27.743 y la correspondiente normativa reglamentaria, que permite a los contribuyentes desistirse o allanarse parcialmente ante la existencia de deudas y multas anteriores a una fecha límite. Se examinaron los requisitos para la adhesión a dicho régimen, incluyendo la renuncia a acciones y derechos, la regularización de la obligación sustancial y la condonación de multas no firmes. Asimismo, se analizaron criterios jurisprudenciales sobre la exclusión del derecho adicional aduanero y percepciones de IVA y ganancias cuando los plazos están vencidos, como así también los efectos del allanamiento y desistimiento en la continuidad del proceso administrativo y judicial.
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