BONSUR S.A. s/recurso de apelación
El acogimiento al régimen excepcional de regularización tributaria previsto por la ley 27.743 requiere el allanamiento y desistimiento incondicional de toda acción, reclamo y recurso en trámite respecto de las obligaciones e infracciones comprendidas
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de apelación interpuesto contra resoluciones administrativas que determinaron de oficio obligaciones tributarias en concepto de Impuesto a las Ganancias y sobre Salidas no Documentadas para diversos períodos fiscales, incluyendo intereses resarcitorios y multas. La controversia incluyó también la reducción de saldos a favor en ciertos períodos fiscales y la adhesión voluntaria de la parte recurrente a un régimen excepcional de regularización tributaria instituido por la ley 27.743, que exige el desistimiento incondicional de acciones y recursos en trámite para acceder a beneficios de condonación parcial de intereses y multas. El Tribunal evaluó la procedencia y alcance del desistimiento y allanamiento formalizado en el marco del citado régimen, considerando los requisitos legales para su aceptación, la regularización de las deudas mediante planes de facilidades de pago, y la aplicación de los beneficios previstos para los intereses y multas. Asimismo, se analizó el tratamiento procesal y legal aplicable respecto a la reducción de saldos a favor, que no fue objeto del régimen de regularización. Se ponderaron estándares normativos específicos, incluyendo disposiciones de la ley 27.743, su reglamentación y normas procesales supletorias.
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