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GOTTER, NARCISO AGUSTIN c/ D.G.A. s/recurso de apelación

El principio non bis in idem exige la concurrencia de identidad de persona, objeto y causa para impedir una doble persecución penal o administrativa.

Competencia Costas Contrabando

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se examinó una apelación respecto de una sanción impuesta por la presunta infracción de declaración inexacta en operaciones de importación bajo régimen de destinación suspensiva de tránsito. En el caso, se analizó la discrepancia entre el valor declarado de la mercadería y valores consignados en facturas correspondientes, así como la alegación de doble juzgamiento respecto al principio non bis in idem, ante una investigación penal previa por delito de contrabando que concluyó en sobreseimiento. Se abordó la interpretación del artículo 954, ap. 1, inc. c), del Código Aduanero, en cuanto a los requisitos para configurar una infracción por declaración inexacta, y se verificó si la diferencia apreciada podía producir un efecto económico distinto hacia el exterior en términos del impuesto aduanero, considerando los hechos, documentación probatoria y normativa aplicable.

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