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PARANA S.A. DE SEGUROS c/ DGA s/ recurso de apelación

La prescripción de la acción del Fisco para percibir tributos en materia aduanera se interrumpe con la notificación de la liquidación tributaria y actos administrativos de ejecución, afectando tanto al deudor principal como a los deudores solidarios.

Competencia Costas Valor en aduana

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió la validez y procedencia de un ajuste de valor en una destinación de importación, concretamente la recomposición del valor FOB declarada inicialmente por el importador, cuestionada por la Aduana mediante un ajuste basado en la comparación con mercaderías similares. Se analizó la oportunidad y efectos de la prescripción para la acción del Fisco en materia aduanera, incluyendo la interrupción de plazos por notificaciones y actos administrativos. Se examinó la aplicación del régimen de valoración aduanera establecido en el Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), la Ley 24.425, y la resolución AFIP 857/00, que regulan el valor de transacción como base principal y el procedimiento para confirmar o refutar su veracidad. Se cuestionó la suficiencia y pertinencia del ajuste basado en valores referenciales y el uso de antecedentes de mercaderías similares sin la debida documentación que permita verificar la identidad o similitud según los criterios normativos. Asimismo, se evaluaron las facultades de la administración aduanera para investigar y efectuar ajustes en el valor declarado y los requisitos a observar para la comparación de valores conforme a los criterios de mercadería idéntica o similar.

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