Sentencia TFN INLEG-2025-51682571-APN-VOCXX#TFN
La acción del fisco para imponer penas por infracciones aduaneras prescribe a los cinco años, contados desde el primero de enero del año siguiente al de la comisión de la infracción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso sanciones y tributos por una presunta infracción aduanera vinculada a la clasificación de mercadería importada. La controversia se centró en la prescripción de la acción fiscal para imponer penas y exigir tributos, evaluando el cómputo y efecto interruptor o suspensivo de plazos conforme al Código Aduanero. Asimismo, se examinó la relevancia y oportunidad de notificaciones administrativas y su impacto en el derecho de defensa y la validez del procedimiento. El Tribunal evaluó elementos formales y temporales, interpretación normativa sobre la interrupción y suspensión de la prescripción, y derechos constitucionales relacionados con la celeridad y seguridad jurídica en el procedimiento sancionador aduanero.
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