EX-2025-19244856-APN-SGASAD#TFN (ACEITERA GENERAL DEHEZA SA
El artículo 755 del Código Aduanero no constituye una norma delegante válida para autorizar al Poder Ejecutivo Nacional a establecer derechos de exportación sin parámetros claros y ciertos conforme al artículo 76 de la Constitución Nacional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la denegación de devolución de derechos de exportación abonados conforme al decreto 793/2018 en varias destinaciones de exportación. La controversia giró en torno a la constitucionalidad de dicho decreto, cuestionado por no ser una norma delegante válida según la Corte Suprema en el fallo "Camaronera Patagónica", que afecta la validez de la aplicación de esas alícuotas durante un período específico. Se examinaron argumentos sobre la inaplicabilidad retroactiva de la ratificación legislativa del decreto, la interpretación del artículo 755 del Código Aduanero y el alcance del tribunal para declarar inconstitucionalidades, frente a la existencia de una doctrina plenario previo que mantuvo la validez del decreto para efectos administrativos posteriores a una fecha determinada. El tribunal evaluó además la jurisprudencia administrativa y judicial en materia aduanera y tributaria, así como los parámetros constitucionales sobre delegación legislativa y reserva de ley para establecer tributos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: