ALBA CÍA. ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La responsabilidad del asegurador en materia aduanera como garante tributario resulta independiente de la verificación o inclusión previa del crédito en el concurso o quiebra del importador asegurado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto por una compañía aseguradora contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que la condenó al pago de tributos por la importación definitiva de mercadería previamente ingresada bajo régimen de importación temporaria, debido al incumplimiento de la reexportación o nacionalización en tiempo y forma. Se discutieron aspectos relativos a la naturaleza y alcance de la responsabilidad de la aseguradora como garante tributaria, especialmente en contexto de concurso preventivo de la importadora y la exigibilidad de pago sin previa verificación concursal. Además, se examinó la aplicación de derechos adicionales, tributación complementaria (IVA e impuesto a las ganancias), y la actualización monetaria conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) y la pesificación establecida por decreto, en mérito a doctrina jurisprudencial relevante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Tribunal evaluó las obligaciones formales del importador para acreditar la cancelación del régimen de importación temporaria mediante certificación y documentación aduanera, y el derecho de la aseguradora a oponer excepciones conforme a la normativa civil aplicable a la fianza.
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