DIAZ MIGUEL ANGEL c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La Gendarmería Nacional, en su función de policía auxiliar aduanera conforme a la Ley nacional pertinente, está facultada para incautar mercadería en infracción y debe entregar los elementos al servicio aduanero para la continuación del procedimiento
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que impuso el comiso de mercadería y una multa debido a la tenencia de mercadería extranjera sin la documentación aduanera correspondiente, en infracción al artículo 987 del Código Aduanero. La controversia giró en torno a la nulidad del procedimiento investigativo, cuestionando la competencia del personal que realizó el operativo de incautación, y respecto a la correcta aplicación del tipo infraccional respecto a la tenencia de mercadería extranjera con fines comerciales sin prueba de libramiento lícito. Se examinaron aspectos procesales y sustantivos, incluyendo la función de policía auxiliar aduanera de la Gendarmería Nacional, las condiciones formales del procedimiento administrativo, la inversión de la carga de la prueba en la infracción objetiva y la razonabilidad de la presunción de comercio dada la cantidad y características de la mercadería incautada. El Tribunal evaluó la normativa aplicable, la competencia administrativa, los elementos fácticos como el embalaje, traslado y falta de documentación, así como la ausencia de contestación de fondo por parte del recurrente.
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