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MALTERIA PAMPA SA c/DGA s/recurso de apelación

La existencia de operaciones trianguladas entre empresas vinculadas habilita a la autoridad aduanera a investigar y recabar información sobre la genuinidad del valor declarado en la destinación aduanera.

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso una multa por infracción aduanera debido a una presunta subfacturación del valor declarado en la exportación de malta de cebada. El caso involucra operaciones comerciales trianguladas entre empresas vinculadas en Argentina, Uruguay y Brasil, con discrepancias detectadas entre el valor FOB declarado en Argentina y el registrado en Brasil. Se discutió si la existencia de ventas sucesivas entre partes vinculadas permite presumir que el valor declarado inicialmente no es eficaz, así como si la Aduana puede apartarse del valor declarado y aplicar otro basado en la valoración aduanera. Se examinaron antecedentes probatorios, la normativa aplicable, incluida la interpretación del artículo 954 inciso c) y el artículo 748 del Código Aduanero, así como la jurisprudencia relevante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La decisión se apoyó en la insuficiencia de elementos probatorios que acrediten una diferencia entre lo declarado y lo real, y en el principio jurídico que no invierte la carga de la prueba ni descarta automáticamente el valor declarado ante ventas vinculadas consecutivas.

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