UNIÓN AGRÍCOLA DE AVELLANEDA COOP. LTDA s/ recurso de amparo
El desistimiento de la demanda anterior a la notificación a la parte demandada surte efecto conforme al artículo 304 del CPCCN, sin necesidad de conformidad expresa del demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo presentado por una cooperativa agrícola en relación con la demora excesiva por parte de la autoridad recaudadora en la devolución de créditos fiscales del IVA vinculados a exportaciones. Se examinó la situación procesal luego de que la recurrente desistiera del recurso antes de la notificación a la administración fiscal. El Tribunal revisó la aplicación del artículo 304 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación respecto al desistimiento de una demanda, considerando los plazos procesales y la necesidad de conformidad de las partes para la eficacia del desistimiento.
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