Sentencia TFN INLEG-2025-67689514-APN-VOCXX#TFN
La facultad del organismo recaudador para exigir el pago de percepciones del IVA y del impuesto a las ganancias cesa con el vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada correspondiente, extinguiéndose así la acción para cobrar
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió un recurso de apelación interpuesto por una cooperativa de seguros en su calidad de garante de un importador, respecto de una resolución administrativa que le exigía el pago de tributos aduaneros incluyendo derechos de importación, tasa de estadística, IVA, IVA adicional e impuesto a las ganancias derivados de una importación temporal no reexportada. Se analizaron aspectos relacionados con la prescripción de la acción fiscal para percibir tributos, la procedencia de la inclusión de los conceptos de IVA adicional y ganancias, y la responsabilidad limitada de la garante al monto máximo asegurado. También fue objeto de análisis la acreditación de pago de los tributos reclamados y la competencia para la liberación de la garantía cumplida, junto con el allanamiento parcial del fisco respecto a ciertos conceptos tributarios. El Tribunal examinó la aplicabilidad de precedentes vinculados a la extinción de la facultad de la administración para exigir el pago de percepciones luego de vencidos los plazos de declaración y el alcance del allanamiento otorgado, ponderando pruebas documentales y decisiones normativas conexas.
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