MOLINO CAÑUELAS S.A.C.I.F.I.A. c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una Ley en un caso concreto ante un planteo efectuado por un recurrente en sede administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió el rechazo a la devolución de derechos de exportación abonados conforme a un decreto del Poder Ejecutivo Nacional que establecía alícuotas para determinadas mercaderías. La controversia giró en torno a la constitucionalidad de la norma que autorizó al Poder Ejecutivo a fijar dichas alícuotas sin una ley formal previa, alegándose inconstitucionalidad por violar el principio de legalidad y ausencia de debida delegación legislativa. Se analizó la legitimidad de la delegación contenida en el artículo 755 del Código Aduanero y la interpretación jurisprudencial previa, especialmente un caso emblemático donde se declaró la invalidez de una regulación similar por carecer de ratificación legislativa. También se examinó si observó las reglas del debido proceso, la prueba y la motivación de la resolución administrativa cuestionada. El Tribunal abordó si está facultado para controlar la constitucionalidad en este contexto y aplicó precedentes internos fijando doctrina sobre la imposibilidad de declarar la inconstitucionalidad de las normas en sede administrativa en casos concretos. Se consideraron argumentos y jurisprudencia de diversos fueros implicados en materia aduanera y tributaria para fundamentar su decisión.
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