SINESI JULIO CESAR c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La presunción legal de importación para consumo en caso de pérdida de mercadería bajo régimen de tránsito no admite prueba en contrario salvo que se demuestre la no utilización por terceros y el cumplimiento del aviso inmediato al servicio aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El fallo analiza la responsabilidad tributaria derivada del incumplimiento de una destinación suspensiva de tránsito de importación debido al robo de la mercadería transportada. Se discute la procedencia de la exigencia tributaria sobre los bienes robados, la interpretación de las normas aduaneras específicas que regulan el régimen de tránsito y la posibilidad de eximir la responsabilidad tributaria en casos de siniestros, en particular robos, basándose en la comunicación o aviso inmediato al servicio aduanero y la posible utilización de la mercadería por terceros. Se examinan además las condiciones para aplicar presunciones legales, la carga de la prueba, la interpretación sistemática de la ley y los estándares constitucionales de razonabilidad y justicia en materia tributaria. Se consideran también la obligación de custodia de la mercadería y la eventual imposición de responsabilidades solidarias entre transportistas y titulares, así como la apertura para prueba en contrario y los límites de la aplicación estricta de normas sin considerar la realidad fáctica del caso. El Tribunal aborda la tensión entre la literalidad legal, la función recaudatoria del fisco y la protección de derechos constitucionales, junto con la función del Estado en garantizar seguridad y prevenir la modalidad delictiva de autorobo.
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