UNIONBAT S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
En las infracciones al régimen de importación temporaria, la comprobación del hecho objetivo del incumplimiento produce una inversión de la carga de la prueba, quedando a cargo del presunto infractor acreditar el cumplimiento de las obligaciones asum
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso una multa y tributos derivados del régimen de importación temporaria de mercadería, específicamente plomo refinado destinado a la fabricación de baterías. Se discutió la acreditación del cumplimiento de las obligaciones del régimen, en especial la presentación de los Certificados de Tipificación y Clasificación (CTC) emitidos por la Secretaría de Industria y Comercio como requisito para cancelar la destinación aduanera. Se examinaron pruebas documentales relacionadas con permisos de embarque, solicitudes de certificados, y declaraciones juradas relativas a insumos y mermas, así como normativas específicas y su interpretación sobre la carga de la prueba y plazos para requerir el CTC. También se consideraron aspectos tributarios vinculados a los conceptos de Derechos Adicionales, IVA y percepciones del impuesto a las ganancias incluidos en la liquidación, y la procedencia de su exigencia en el contexto del caso.
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