EFACEC ARGENTINA SA c/ DGA s/ recurso de apelación
La condonación de pleno derecho de multas y sanciones prevista en la ley 27.260 opera cuando las obligaciones sustanciales devengadas hasta una fecha determinada no se encuentran firmes y han sido canceladas bajo el régimen de regularización excepcio
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examina en este fallo la impugnación de una resolución administrativa que impuso una multa en el marco de un procedimiento aduanero vinculado a la infracción del artículo 970 del Código Aduanero. Se cuestiona la aplicación de un régimen de regularización excepcional previsto por la ley 27.260, específicamente la condonación de intereses y multas aduaneras en deudas incorporadas a un plan de pagos aprobado, discutiendo si se cumplieron los requisitos legales para beneficiarse con la condonación que dicha norma establece. El Tribunal analizó la correspondencia entre la deuda regularizada en el plan de pagos y la sanción impuesta, la interpretación de las normas referentes a la condonación, y la validez del cálculo y detalle de las liquidaciones manuales emitidas por la autoridad aduanera, aplicando criterios jurisprudenciales para la determinación del alcance de los beneficios legalmente previstos.
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