TELNET ELECTRÓNICA S.R.L. c/DGA s/recurso de apelación
El beneficiario del régimen de importación temporaria debe reexportar la mercadería dentro del plazo otorgado y acreditar fehacientemente dicho cumplimiento mediante la documentación aduanera correspondiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un caso relativo a la destinación de importación temporaria para perfeccionamiento industrial, en el que se cuestionó el cumplimiento de la obligación de reexportar la mercadería dentro del plazo establecido y la presentación del Certificado de Tipificación y Clasificación (CTC) exigido para acreditar la correcta destinación y descarga de la mercadería. Se debatió la existencia de infracciones aduaneras por incumplimientos en la documentación presentada, la carga probatoria correspondiente y la interpretación de los artículos 970 y 972 del Código Aduanero, así como la aplicación de tributos adicionales y percepciones. El Tribunal examinó la normativa aplicable, la documentación administrativa y los antecedentes jurisprudenciales, considerando la inversión de la carga de la prueba en materia de destinación suspensiva y la oportunidad en que se acompañó el CTC para determinar la validación o sanción aplicable.
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