Sentencia TFN INLEG-2025-63370657-APN-VOCXIX#TFN
El recurso de amparo en materia aduanera es procedente exclusivamente frente a demoras infundadas y excesivas que causen un perjuicio cierto al administrado en un trámite reglado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo presentado por una empresa ante la demora excesiva de la Dirección General de Aduanas en resolver una solicitud de devolución de derechos de exportación presentada en agosto de 2019. La reclamación se fundamentó en la falta de emisión de una resolución definitiva dentro de plazos razonables, a pesar de haberse efectuado pedidos de pronto despacho en 2021 y 2024. La controversia giró en torno a la comprobación del incumplimiento del servicio aduanero en términos temporales y los requisitos establecidos por el artículo 1160 del Código Aduanero para la procedencia del amparo, tales como la existencia de un perjuicio, la demora excesiva y la solicitud previa de pronto despacho. El Tribunal examinó las constancias administrativas, la jurisprudencia constitucional sobre el derecho a obtener una resolución en plazo razonable y la naturaleza excepcional del recurso de amparo aduanero, destacando la importancia de evitar dilaciones injustificadas que generen incertidumbre y perjuicios a los administrados.
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