COMPAÑÍA ARGENTINA DE GRANOS SA c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La condonación de multas prevista en la Ley 27.260 y su reglamentación se aplica de pleno derecho cuando las sanciones no se encuentren firmes ni abonadas a la fecha de entrada en vigencia de la ley y la obligación principal haya sido cancelada antes
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa dictada por la autoridad aduanera que impuso una multa por un presunto error en la determinación de la alícuota aplicable a los derechos de exportación declarados para una exportación de porotos de soja. El caso se centró en la discrepancia entre la alícuota utilizada y la correcta según la normativa, el pago inmediato posterior de la diferencia adeudada y la existencia o no de perjudicio fiscal. Además, se examinaron las condiciones de notificación y respuesta en el procedimiento administrativo, la aplicación del régimen excepcional de condonación de multas previsto en la Ley 27.260 y su reglamentación, así como el alcance de la condonación en caso de pago previo de la obligación principal antes de la entrada en vigencia de dicho régimen.
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