KALEU KALEU SA c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La condonación de multas y sanciones administrativas previstas en la ley 27.260 y su reglamentación es procedente cuando la obligación principal hubiere sido íntegramente cancelada antes de la fecha de entrada en vigencia de la ley y la sanción no se
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió la imposición de una multa aduanera conforme a lo dispuesto en el artículo 954 inciso a) del Código Aduanero, aplicada mediante una resolución administrativa. La discusión se centró en la tipicidad de la infracción y la procedencia de la sanción, considerando que la obligación principal de pago de derechos de exportación había sido cancelada oportunamente. El análisis incluyó la valoración de la documentación probatoria aportada y la interpretación normativa relativa a la condonación de multas previstas en la ley 27.260 y su reglamentación, especialmente en relación con el régimen excepcional de regularización de obligaciones tributarias y aduaneras vigente al momento de los hechos. Se examinaron además los alcances de la aplicabilidad de la normativa sobre condonación en función del estado firme o abonado de la sanción y la obligación sustancial.
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