BLUEBERRIES S.A. c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/recurso de apelación
La destinación de importación temporaria implica la obligación ineludible de reexportar o nacionalizar la mercadería dentro del plazo establecido, cuya carga probatoria recae sobre el beneficiario del régimen.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó en sede del Tribunal Fiscal de la Nación un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que aplicó una multa y exigió el pago de tributos a una empresa importadora por incumplimiento de la obligación de reexportar la totalidad de mercadería bajo el régimen de importación temporaria. La controversia giró en torno a la alegación de caso fortuito debido a eventos climáticos adversos que habrían impedido la reexportación completa de los envases importados para la producción agrícola. El Tribunal examinó la existencia y alcance de la causal invocada, evaluando las pruebas periciales y normativas relacionadas con la emergencia agropecuaria declarada, junto con la normativa aduanera aplicable y las condiciones de la destinación temporaria. Se debatió la imposibilidad o dificultad para cumplir con la obligación principal y la aplicación de normas sobre responsabilidad y exención en caso de fuerza mayor, así como la constitucionalidad y exigibilidad de ciertos derechos adicionales y percepciones tributarias asociadas.
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