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La nulidad firme de resoluciones administrativas que sirven de sustento a liquidaciones aduaneras impide que dichas liquidaciones sigan siendo consideradas válidas en procedimientos de repetición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó la procedencia de la repetición de un pago efectuado por diferencias en derechos de exportación derivados de la aplicación del régimen especial para productos agropecuarios. La controversia giró en torno a si el cargo aduanero cuestionado había sido objeto de revisión administrativa conforme al procedimiento de impugnación vigente, y si la empresa exportadora había acreditado la tenencia de la mercadería antes de una modificación en la alícuota aplicable. El Tribunal analizó los efectos de resoluciones administrativas previas declaradas nulas por la justicia, la pertinencia de la aplicación del régimen de revisión administrativa en el marco del Código Aduanero, y la incidencia de la cosa juzgada en los procedimientos tributarios. Asimismo, se valoró la naturaleza de los pagos bajo protesta y la adecuación de la tasa de interés para la restitución.
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