PHONEX ISOCOR S.A. c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
El principio del debido proceso en sede administrativa no se considera vulnerado si la restricción de la defensa puede ser subsanada en una etapa jurisdiccional posterior y no se acredita perjuicio concreto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se debatió la legalidad de una multa y el cobro de tributos relacionados con la importación temporaria y posterior importación a consumo de mercadería, en el marco del régimen aduanero argentino. Se analizaron cuestiones relativas a la correcta aplicación de subregímenes para la destinación de la mercadería, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones del régimen de importación temporaria, y la validez y oportunidad de notificaciones administrativas. También se examinaron argumentos sobre la prescripción de las acciones del fisco para exigir tributos y sanciones, la interpretación de los plazos y efectos de la interrupción y suspensión de la prescripción según el Código Aduanero y la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos. El Tribunal evaluó además la carga de la prueba respecto del cumplimiento del régimen especial, así como la conformidad de los actos administrativos con los principios del debido proceso.
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