DIGIMPEX S.R.L. C/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
La falta de presentación del Certificado de Libre Circulación emitido por el Instituto Nacional de Alimentos no configura una infracción al artículo 954 inciso b) del Código Aduanero, dado que tal certificado constituye un requisito formal y no una p
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió la imposición de una multa aduanera a una empresa importadora por la supuesta infracción al artículo 954 inciso b) del Código Aduanero, que sanciona las declaraciones que implican transgresión a prohibiciones de importación. La empresa importó productos alimenticios para los cuales debía obtener certificados de libre circulación emitidos por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), requisito que no se cumplió debido a una decisión administrativa ajena al importador, lo que generó el decomiso y destrucción de la mercadería. Se examinó si la falta de esos certificados constituye en sí misma una prohibición a la importación sancionable o simplemente un requisito formal. También se revisó la existencia de diferencias entre las cantidades declaradas y las decomisadas, así como la validez del procedimiento municipal de decomiso y si se configuró o no una declaración inexacta en términos jurídicos.
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