EX-2025-77324727-APN-SGASAD#TFN (ARCOR SAIC
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una norma tributaria o aduanera si no ha sido previamente declarada por la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución administrativa que rechazó la devolución de derechos de exportación pagados conforme al Decreto 793/2018. Se discutió la validez constitucional del decreto que estableció la alícuota del tributo sin una ley formal previa, considerando antecedentes jurisprudenciales relevantes, incluida la doctrina fijada por la Corte Suprema y pronunciamientos previos del Tribunal. La controversia giró en torno a la interpretación del artículo 755 del Código Aduanero, la aplicación del principio de legalidad tributaria y la validez de la delegación normativa en materia impositiva. El Tribunal evaluó también su propia competencia para declarar inconstitucionalidad y consideró los efectos temporales del decreto y la ley posterior que lo ratificó, además de ponderar precedentes internos para resolver el pedido de repetición de lo abonado.
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