KRILL SAT ARGENTINA S.A. s/ recurso de apelación
El principio constitucional de legalidad tributaria impide la creación o modificación de cargas tributarias por vía reglamentaria, reservando al Congreso Nacional la potestad exclusiva para establecer impuestos, contribuciones y tasas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal Fiscal de la Nación analizó la aplicación del régimen de regularización de activos conforme a la Ley 27.743 y su decreto reglamentario en el contexto de la deuda tributaria reclamada a una sociedad por impuestos de IVA, Ganancias y Salidas No Documentadas, incluyendo multas e intereses. Se discutió si los beneficios liberatorios previstos en dicho régimen abarcan o excluyen obligaciones vinculadas a facturas consideradas apócrifas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en particular la interpretación del artículo 21 del Decreto 608/2024 que limita dichas liberaciones respecto de ciertas erogaciones y créditos fiscales cuestionados. El Tribunal evaluó el alcance del principio constitucional de legalidad tributaria frente a regulación reglamentaria que restringe beneficios establecidos por ley, ponderando la doctrina vinculante de la Corte Suprema de Justicia y el régimen jurídico aplicable a la materia tributaria y de exteriorización de activos.
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