ARG. DE GRAAF S.A. c/DGA s/ RECURSO DE APELACIÓN
El incumplimiento de la obligación de exportar al menos el 90% del volumen declarado en ventas al exterior reguladas por la ley 21.453 puede ser sancionado conforme a lo previsto en dicha norma y en el Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la imposición de una multa a un exportador agrícola por incumplimiento en la declaración jurada de venta al exterior, debido a la falta de exportación del 90% del volumen comprometido. La comercializadora alegó la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor por un incendio en su planta, con la imposibilidad de cumplir los compromisos asumidos. Se discutieron la competencia de la autoridad aduanera para imponer la infracción, la aplicación y alcance de las normas especiales de la ley de exportación agrícola y del Código Aduanero, así como la interpretación del caso fortuito o fuerza mayor conforme al Código Civil y Comercial y la normativa administrativa sobre prórrogas y eximiciones. Se examinó la prueba ofrecida sobre el siniestro, la oportunidad en que se invocó la fuerza mayor y las reglas específicas para la sanción y su cálculo, ponderando criterios jurisprudenciales y principios legales aplicables.
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