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Sentencia TFN IF-2025-15077852-APN-VOCXVI#TFN

La adhesión al Régimen de Regularización Excepcional previsto en la Ley 27.743 permite a los responsables de obligaciones aduaneras extinguir la acción penal aduanera cuando se cancela la multa mínima establecida para infracciones cuyo monto no se de

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó en el recurso de apelación presentado contra una resolución administrativa que impuso una multa aduanera por una supuesta infracción derivada de la diferencia en el ingreso de divisas. Se discutió la aplicación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social previsto en la Ley 27.743 y su reglamentación mediante Resolución General AFIP Nº 5525/2024, en particular, la posibilidad de extinguir la acción penal aduanera mediante el pago de la multa mínima establecida en dicho régimen. Se examinaron los requisitos y condiciones legales para adherir a este régimen excepcional, la vigencia temporal de las obligaciones e infracciones regularizables, así como las implicancias jurídicas del desistimiento y la extinción de la sanción. El Tribunal evaluó la existencia de cumplimiento de dichos requisitos por parte de la recurrente y las consecuencias jurídicas de su adhesión al régimen a nivel procesal y sustantivo.

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