EX-2024-127645146-APN-SGASAD#TFN BUNGE ARGENTINA SA
La Resolución ONCCA Nº 1898/2008 constituye un acto administrativo con efectos jurídicos individuales directos y no un mero acto preparatorio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución que rechazó la solicitud de devolución de un pago bajo protesto realizado por diferencia en derechos de exportación correspondientes a una declaración jurada de venta al exterior (DJVE) bajo el régimen especial de la Ley 21.453. La controversia gira en torno a la aplicación retroactiva de la Ley 26.351, que modifica los requisitos para calcular los derechos de exportación incrementados, exigiendo la acreditación de la tenencia de la mercadería por parte del exportador. Se examinaron la naturaleza jurídica y validez de la Resolución ONCCA Nº 1898/2008, que incluyó al exportador en un listado de quienes no acreditaron la tenencia, así como la procedencia y alcance de la revisión administrativa sobre el cargo aduanero y la legitimidad del procedimiento de repetición. El tribunal evaluó además jurisprudencia administrativa y aspectos constitucionales vinculados a la retroactividad y la garantía de derechos adquiridos, además del régimen de intereses aplicables, delimitando el alcance del análisis en función del art. 1164 del Código Aduanero.
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