VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. c/ DGA s/ Recurso de Apelación
El principio de inalterabilidad de la declaración aduanera no puede impedir la repetición del pago efectuado en exceso en aplicación incorrecta de un tributo, para evitar un enriquecimiento sin causa del Estado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la procedencia de la devolución de pagos en exceso efectuados por una empresa en concepto de derechos de importación extrazona respecto a autopartes destinadas a la fabricación de vehículos. El caso se originó en una omisión administrativa, consistente en no ingresar en el sistema informático el código de ventaja arancelaria correspondiente, lo cual generó la liquidación de impuestos a la alícuota general en lugar del arancel preferencial previsto en un tratado comercial. Se discutió la validez del principio de inalterabilidad de la declaración aduanera frente a la existencia de un pago indebido, así como la interpretación y aplicación del régimen preferencial de importación y las normativas respectivos. El tribunal evaluó también la moneda y tasa de interés aplicables a la repetición del pago indebido, considerando precedentes del máximo tribunal y criterios jurisprudenciales sobre el cálculo de intereses resarcitorios.
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