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El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto ante el planteo efectuado por un recurrente, salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación hubiera declarado previamente la inconstituciona
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se cuestionó la legalidad y constitucionalidad del Decreto 133/2015, mediante el cual se establecieron derechos de exportación aplicados a una operación de exportación documentada en 2017. La recurrente solicitó la devolución de montos abonados como derechos de exportación, argumentando que la norma delegada violaba el principio de legalidad tributaria y que existió una insuficiente motivación y vulneración del debido proceso en la resolución administrativa que rechazó la devolución. Se examinaron el régimen legal aplicable, la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo para fijar tasas mediante decretos, las continuas prórrogas del régimen de emergencia económica y la jurisprudencia relevante, incluyendo los precedentes "Camaronera Patagónica" y decisiones plenario del Tribunal. También se analizó el alcance del principio de reserva de ley en materia tributaria y la imposibilidad del Tribunal para declarar la invalidez constitucional de normas tributarias salvo pronunciamiento previo de la Corte Suprema. La decisión consideró la vigencia y validez de los decretos delegados en el marco de la legislación vigente, así como la legitimidad del accionar administrativo y la adecuada motivación de las resoluciones denegatorias, con especial atención a los estándares jurisprudenciales sobre delegación y control legislativo posterior.
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