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Sentencia TFN INLEG-2025-136164726-APN-VOCXIV#TFN

El valor en aduana de las mercancías importadas se determina principalmente con base en el valor de transacción, ajustado conforme al artículo 8 del Acuerdo de Valoración del GATT.

Competencia Costas Valor en aduana

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución aduanera que rechazó una impugnación sobre ajustes de valor en importaciones realizadas entre 2007 y 2009. El ajuste se fundamentó en la adición de cánones o regalías derivados de un contrato de licencia de marca suscripto entre el importador y una empresa extranjera, aplicado como condición de venta para ciertas mercaderías importadas. Se discutió si dicho pago de cánones debía incorporarse al valor en aduana conforme al Acuerdo de Valoración del GATT, específicamente bajo el artículo 8 inciso c). Se examinó la relación entre el contrato de licencia y las importaciones, la existencia de proveedores independientes, y la determinación objetiva y cuantificable de dichas regalías para su inclusión en el valor declarado.

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