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El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la invalidez de una ley en el caso concreto ni ante planteos de inconstitucionalidad de normas tributarias o aduaneras.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió la procedencia de la devolución de derechos de exportación abonados bajo el Decreto 793/2018, que estableció un impuesto ad valorem del 12% para determinadas exportaciones. La cuestión principal giró en torno a la validez constitucional del decreto mencionado, cuya emisión se basó en el artículo 755 del Código Aduanero y se cuestionó si su contenido podía ser establecido mediante decreto del Poder Ejecutivo sin una ley formal que lo habilitara. Se analizaron precedentes judiciales, en particular la doctrina fijada por la Corte Suprema en el caso "Camaronera Patagónica", así como la relación entre la normativa aduanera y la reserva legal en materia tributaria. Se examinaron además los alcances del artículo 1164 del Código Aduanero en cuanto a la competencia del tribunal para declarar la inconstitucionalidad de normas y la incidencia de la ley 27.467 que posteriormente ratificó el decreto. Finalmente, se valoró la doctrina legal previa establecida por un plenario del Tribunal Fiscal, que limita la posibilidad de declarar la invalidez del decreto para determinaciones realizadas entre la fecha de su vigencia y la entrada en vigor de la ley que lo ratificó.
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