TARANTO S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
La prescripción para imponer multas aduaneras se interrumpe con la apertura del sumario administrativo y con la emisión de la resolución condenatoria, conforme a los artículos 934, 935 y 937 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvierte la imposición de penalidades y la exigencia de pago de tributos por parte de la Dirección General de Aduanas contra una sociedad que utilizó una destinación de importación temporaria para ingresar mercaderías destinadas a la producción industrial. Se discute si se cumplió con la obligación de reexportar la totalidad de los insumos antes del vencimiento del régimen suspensivo, considerando la documentación presentada y la conservación de la prueba documental relevante. Se plantean objeciones respecto a la prescripción de las acciones fiscales para imponer sanciones y para cobrar tributos, así como cuestionamientos vinculados a la razonabilidad del plazo para resolver el procedimiento administrativo y la aplicación de garantías constitucionales. Además, se examinan cuestiones atinentes a la responsabilidad y límites de la aseguradora que garantizó la operación, la correcta determinación de intereses y la procedencia del reclamo por percepciones adicionales de IVA y ganancias. El Tribunal analizó el régimen aduanero aplicable, los plazos legales de prescripción, la jurisprudencia respecto a la titularidad de derechos convencionales, la carga probatoria para acreditar la reexportación mediante certificados de tipificación y permisos oficiales, así como los efectos jurídicos de las pólizas de seguro de caución y la interpretación de normas sobre intereses y percepciones tributarias.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: