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La presunción Iure et de iure sobre la existencia de una renta mínima por parte del IGMP puede colisionar con el principio de capacidad contributiva y debe limitarse a circunstancias excepcionalísimas en las que se acredite fehacientemente la inexist
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la validez de las resoluciones que determinaron de oficio el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (IGMP) para los ejercicios fiscales 2016 y 2017, en el contexto de una empresa dedicada a la generación y distribución de energía y a la producción de petróleo y gas. La controversia giró en torno a la aplicación del IGMP cuando se registraron quebrantos fiscales en el Impuesto a las Ganancias y resultados contables positivos, así como la naturaleza complementaria del IGMP respecto del Impuesto a las Ganancias y la posible afectación del principio de capacidad contributiva. Además, se analizaron aspectos relativos a la procedencia y cálculo de intereses resarcitorios y multas por omisión de pago, considerando la conducta del contribuyente y la configuración del error excusable. La valoración incluyó la revisión de pruebas contables, periciales y jurisprudencia relevante, con especial atención a precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que delimitaron el alcance y los límites constitucionales del IGMP, especialmente en casos de pérdidas fiscales y resultados contables.
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