ACEITERA GENERAL DEHEZA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ apelación
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto cuando tal cuestión haya sido objeto de pronunciamientos divergentes por diferentes salas hasta ser fijada en plenario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que negó la devolución de derechos de exportación pagados en base al Decreto 131/2022, el cual modificó alícuotas previamente establecidas. La controversia giró en torno a la supuesta inconstitucionalidad de dicho decreto por violar el principio de legalidad tributaria y la garantía de inviolabilidad de la propiedad, dado que el Poder Ejecutivo habría impuesto alícuotas sin respaldo legislativo acorde a la Constitución Nacional. El Tribunal examinó el precedente "Camaronera Patagónica" de la Corte Suprema, la delegación legislativa, y la doctrina interna previa fijada en un Plenario del propio Tribunal respecto a la imposibilidad de declarar inconstitucionalidades en casos concretos. Se discutió también la obligatoriedad de uniformizar criterios entre las salas del Tribunal y las implicancias del control constitucional indirecto en materia tributaria.
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