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Chemes, Pedro Jesús s/apelación

La nulidad de un acto administrativo debe fundarse en vicios concretos que afecten derechos y produzcan perjuicio efectivo, siendo inadmisible la nulidad invocada en forma abstracta o sin demostración de afrenta a garantías constitucionales o procesa

Iva Ganancias Competencia Nulidad Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió la apelación contra resoluciones administrativas que determinaron de oficio obligaciones fiscales en impuesto al valor agregado e impuesto a las ganancias sobre producción avícola no declarada, y aplicaron multas e intereses. La controversia giró en torno a la presunción utilizada por la fiscalización sobre la cantidad de aves ponedoras y la omisión de declarar ingresos y ventas relacionados; además se trataron objeciones respecto a la aplicación del principio de realidad económica y nulidad de los actos, así como la improcedencia de los intereses y multas por supuesta ausencia de culpa. El Tribunal examinó la validez formal y material de las resoluciones, la carga probatoria en cabeza del contribuyente de acreditar circunstancias contrarias a la fiscalización, la falta de prueba aportada para desvirtuar las presunciones y la inexistencia de vicios que configuraran nulidad, evaluando criterios jurisprudenciales sobre nulidad y elementos subjetivos de las sanciones tributarias.

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