NOVARTIS ARGENTINA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La carga de la prueba del cumplimiento de las obligaciones inherentes al régimen de importación temporaria recae sobre el importador de la mercadería.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de apelación contra una resolución que impuso multas y tributos derivados de una supuesta infracción a la normativa aduanera sobre importación temporaria. La controversia giró en torno al cumplimiento de la obligación de reexportar la mercadería importada en tiempo y forma según el régimen aplicable, así como sobre la prueba del cumplimiento de dicha obligación. Se analizaron los antecedentes administrativos y la presentación de documentos relacionados con permisos de embarque utilizados para demostrar la reexportación. Se evaluó la carga probatoria sobre el importador, el método idóneo para acreditar la correcta utilización del régimen de importación temporaria y la interpretación de la normativa aduanera pertinente, considerando criterios jurisprudenciales y reglamentarios. También se abordó la determinación de la relación insumo-producto mediante certificados técnicos para validar las cantidades reexportadas y la fundamentación administrativa de la infracción y de la imposición de la sanción.
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