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INGENIERÍA Y COMPUTACIÓN S.A. c/ D.G.A. s/ Recurso de apelación

La prescripción de la acción tributaria en materia aduanera es de cinco años a contar desde el primero de enero del año siguiente al del hecho gravado o incumplimiento de la obligación condicionante del beneficio tributario.

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó la procedencia del cobro de tributos y la imposición de multa a una empresa importadora por presunto incumplimiento de las obligaciones derivadas de una destinación de importación temporaria. Se discutió la prescripción de la acción tributaria y sancionatoria del fisco en relación con plazos establecidos en el Código Aduanero, considerando la fecha de vencimiento de la destinación, la apertura de sumario y la notificación de la resolución administrativa. Además, se examinó la adecuación de la liquidación en cuanto a moneda y tasa de interés, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones asumidas bajo el régimen de importación temporaria mediante la documentación aportada, y la exigencia de percepciones tributarias adicionales. El Tribunal evaluó las normativas aplicables y la jurisprudencia para determinar los efectos de la suspensión e interrupción de los plazos prescriptivos, la validez de la prueba documental y el régimen sancionatorio aplicable.

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