ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
La carga de la prueba para demostrar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de importación temporaria recae sobre el importador o su garante y debe acreditarse mediante documentación aduanera pertinente, como permisos de embarque o
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto por una compañía aseguradora en calidad de garante frente a una resolución administrativa que la condenó al pago de tributos y multa por incumplimiento de la obligación de reexportar mercadería importada en régimen de importación temporaria. La controversia se centró en si la importadora cumplió con la obligación de reexportar la mercadería dentro del plazo previsto, la validez del seguro de caución como garantía, la procedencia del cobro de un derecho adicional previsto por normativa reglamentaria, y la inclusión de percepciones vinculadas a IVA e impuesto a las ganancias. Se examinaron las reglas probatorias sobre la carga de demostrar el cumplimiento de la obligación de reexportar, la aplicación del régimen de caución conforme al Código Aduanero y al Código Civil y Comercial, y los precedentes jurisprudenciales, incluyendo pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre derecho adicional y percepciones tributarias, para determinar los límites y requisitos del reclamo tributario frente al garante.
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