PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. c/DGA s/ RECURSO DE APELACIÓN
Para configurar la infracción prevista en el artículo 954.1 inciso c) del Código Aduanero, es necesario que exista una declaración inexacta que produzca o pueda producir un ingreso o egreso desde o hacia el exterior de un importe distinto del que cor
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que sancionó a una empresa por una supuesta infracción aduanera relacionada con la declaración inexacta de precios en operaciones de exportación, específicamente por dificultades en el ingreso de divisas al sistema financiero. Se discutió la aplicación del artículo 954.1 inciso c) del Código Aduanero en relación con la verificación del cumplimiento del régimen de liquidación de divisas y la existencia de una diferencia entre lo declarado y lo comprobado. La controversia giró en torno a la interpretación del supuesto incumplimiento en el ingreso de divisas y si ello configura efectivamente una declaración inexacta de precios que justifique la sanción aplicada. El Tribunal analizó los elementos típicos de la infracción, la competencia de la autoridad aduanera versus el Banco Central para controlar la liquidación de divisas, y la validez de la documentación presentada, a fin de determinar los requisitos para configurar la infracción y su proporcionalidad jurídica.
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