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MOLINA AVELINA s/ apelación

El acogimiento al régimen de regularización tributaria establecido por las leyes 27.541 y 27.562 implica el desistimiento de todo derecho, acción o reclamo, incluso el de repetición, respecto de las obligaciones regularizadas.

Ganancias Bienes personales Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra resoluciones que determinaron impuestos sobre las ganancias y bienes personales correspondientes al período fiscal 2006. El caso giró en torno a la regularización de dichas obligaciones tributarias mediante un plan de pagos conforme al régimen establecido por las leyes 27.541 y 27.562, que ofrecen beneficios fiscales a cambio del desistimiento total de acciones y derechos vinculados a las obligaciones regularizadas. Se examinó la procedencia y condiciones de este desistimiento, la regularización de las deudas, el efecto de la ley especial sobre la imposición de costas, así como la competencia y facultades del ente fiscal para controlar el cumplimiento del régimen y los alcances del desistimiento, incluso respecto a la repetición y los intereses. El Tribunal evaluó especialmente la interpretación y aplicación del régimen especial de regularización y sus consecuencias procesales y económicas en materia de costas, contrastando con el régimen general del Código Procesal Civil y Comercial.

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