El Matrero SA c/ EN-AFIP-Resol 16-VIII y otro s/ Dirección General de Aduanas
La Dirección General de Aduanas carece de competencia para investigar y sancionar el no ingreso o ingreso tardío de divisas, competencia que corresponde al Banco Central de la República Argentina.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso presentado contra una resolución administrativa de la Dirección General de Aduanas que impuso una multa por presunta infracción al artículo 954, apartado 1, inciso c) del Código Aduanero, basada en el supuesto incumplimiento del ingreso de divisas correspondientes a determinadas exportaciones. Se discutió la validez de la notificación inicial, la fundamentación del sumario, la aplicación de instrucciones generales que atribuían a la Aduana la competencia para sancionar el no ingreso de divisas, y la presunta inexactitud en las declaraciones aduaneras. El tribunal examinó la competencia de la Aduana versus la del Banco Central de la República Argentina respecto del control del ingreso de divisas, así como la interpretación del articulo mencionado en relación con el contenido y veracidad de la declaración realizada ante el servicio aduanero. El análisis incluyó referencias a la normativa vigente, precedentes judiciales y distinciones sobre el objeto y alcance de la infracción aduanera versus el régimen penal cambiario.
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