EX-2023-149452760-APN-SGASAD#TFN, (Molino Cañuelas S.A.C.I.F.I.A)
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto ante el planteo efectuado por un recurrente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación presentado contra una resolución administrativa de la AFIP, que deniega la devolución de derechos de exportación abonados sobre una destinación de exportación específica. Se discuten planteos de nulidad de la resolución apelada por falta de causa, motivación y violación del debido proceso, así como la constitucionalidad del Decreto 133/2015 que fijó una alícuota del 27% para la materia exportada. Se examina el marco normativo del Código Aduanero, la jurisprudencia relevante, especialmente el precedente "Camaronera Patagónica", y la vigencia y validez de las delegaciones al Poder Ejecutivo para establecer derechos de exportación, incluida la intervención legislativa posterior. Asimismo, se analiza la evolución normativa de las alícuotas aplicables, el principio de legalidad tributaria, y el alcance de las facultades del Poder Ejecutivo en materia de derechos de exportación, ponderando la posibilidad de modificar unilateralmente alícuotas sin afectación ilegítima del derecho de propiedad del contribuyente. El Tribunal revisa estándares relativos a la motivación de resoluciones administrativas, la posibilidad de subsanar nulidades en la instancia judicial y los límites competenciales para declarar la invalidez constitucional de normas tributarias.
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