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INDUSTRIA METALÚRGICA PESCARMONA S.A. S/ SEGUIM. PRES. DOC. CONTABLE (CIERRE 31/01/2009)

La CNV sumarió a INDUSTRIA METALÚRGICA PESCARMONA S.A. y a sus directores por incumplimientos en la presentación de estados contables. El Directorio resolvió decretar la prescripción de la acción disciplinaria respecto a los cargos formulados.

Prescripcion Incumplimiento normativo Impsa Ley 19.550 Estados contables Multa Accion disciplinaria Cnv Normativa contable Resolucion administrativa


- Sumariados: INDUSTRIA METALÚRGICA PESCARMONA S.A. y directores (Enrique Menotti Pescarmona, Francisco Rubén Valenti, Liliana Teresa Pescarmona de Mayol, Jaime Alberto Aguiló, Sofía Eugenia Pescarmona de Boschi, Bernardo Beling, Jorge Aldo Perone, Lidio Elías Manzano, Pedro Mirante).
- Conducta imputada: Falta de presentación de estados contables de sociedades controladas durante 2008, 2009 y 2010.
- Norma infringida: Artículos 59 de la Ley N° 19.550; 1° del Capítulo XXI; Acápite 11.3.10 del Anexo I del Capítulo XXIII y 11 inciso a.1 del Capítulo XXVI de las Normas (N.T. 2001 y mod.); 8° inciso a), apartados IV) y V) del Anexo al Decreto N° 677/2001.
- Decisión por sumariado: Se decreta la prescripción de la acción disciplinaria respecto a todos los sumariados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Al momento de instruirse el presente sumario había operado la prescripción de la acción disciplinaria." Se establece que el plazo para la presentación de estados contables era de 70 días, y dado que el último hecho observado fue el 31/01/2010, la prescripción se había consumado al momento de la resolución del sumario.

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