GRUPO CLARÍN S.A. S/ APORTES IRREVOCABLES EN ARTE GRÁFICO EDITORIAL ARGENTINO S.A.
La CNV sumarió a GRUPO CLARÍN S.A. y a ARTE GRÁFICO EDITORIAL ARGENTINO S.A. por incumplimientos en la obligación de informar hechos relevantes relacionados con aportes irrevocables. El Directorio resolvió aplicar multas a ambas sociedades y a varios directores por las infracciones acreditadas.
- Sumariados: GRUPO CLARÍN S.A., ARTE GRÁFICO EDITORIAL ARGENTINO S.A. y sus directores.
- Conducta imputada: Demoras y omisiones en la comunicación de hechos relevantes relacionados con aportes irrevocables.
- Norma infringida: Artículos 1° y 2° de la Sección I y II del Capítulo I del Título XII de las Normas (N.T. 2013 y mod.), 99 inciso a) de la Ley N° 26.831, 59 de la Ley N° 19.550, 294 inciso 9° de la Ley N° 19.550, 110 inciso b) de la Ley N° 26.831.
- Decisión por sumariado: Se absolvió a ARTE GRÁFICO y a sus directores; se sancionó a GRUPO CLARÍN y a varios directores con multas de $500,000 y $800,000.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La firma del convenio ponía de manifiesto el hecho de que AGEA se encontraba en imposibilidad de afrontar el pago de las Obligaciones Negociables Serie C"; "la omisión detectada afectó la transparencia exigida en el ámbito de la oferta pública".
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