OUBIÑA MATEO Y OTRO/A C/ SORRENTINO FERNANDO DAMIAN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los actores apelaron la resolución que declaró la caducidad de la instancia en un reclamo por daños y perjuicios. La Cámara revocó la caducidad, argumentando que la nulidad de la notificación previa impide considerar válida la caducidad decretada.
Actor: Mateo Oubiña; Otro/a Demandado: Fernando Damián Sorrentino; Otro/a Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente. Decisión: Se revocó la caducidad de la instancia y se exhortó a la parte actora a realizar actividad procesal útil.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de los litigantes... su declaración debe hacerse con un criterio de interpretación restrictiva y favorecedora del mantenimiento de la vitalidad del proceso." "Habiendo la judicante declarado la nulidad de la notificación de la intimación... no puede validamente tener por operada la caducidad de la instancia." "Se exhorta a la parte actora a que active la tramitación, ello bajo apercibimiento de que la judicante la intime en los términos del art. 315 del CPCC."
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