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MARTINEZ JESUS NAZARENO C/ OVEJERO LEONARDO EZEQUIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor promovió un acuerdo transaccional en el marco de un reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal homologó el acuerdo y reguló los honorarios de los letrados intervinientes, estableciendo el pago de la tasa de justicia correspondiente.

Acuerdo transaccional Danos y perjuicios Honorarios Tasa de justicia Mediacion Regulacion de honorarios Codigo procesal civil Codigo civil y comercial Primera instancia Provincia de buenos aires

Actor: MARTINEZ JESUS NAZARENO Demandado: OVEJERO LEONARDO EZEQUIEL; OTRO/A Objeto: Homologación de un acuerdo transaccional en un caso de daños y perjuicios automovilísticos. Decisión: Se homologó el acuerdo transaccional y se regularon los honorarios de los abogados y mediadores intervinientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Homologase el acuerdo transaccional del que da cuenta el escrito a despacho (art. 308 del C.P.C.C.). Con costas en la forma convenida." "No corresponde efectuar el prorrateo de los honorarios regulados, dado que los mismos no superan el tope que debe afrontar el vencido del 25% previsto en el art. 730 del CCCN." "Aclárase que no resulta procedente incluir los honorarios correspondientes al mediador interviniente a los efectos del prorrateo, pues el art. 730 CCC refiere expresamente su aplicación a honorarios 'en primera y única instancia'."

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