R. K. V. C/ P. C. F. S/ ALIMENTOS
El demandado apeló la sentencia que fijó una cuota alimentaria a su cargo. La Cámara de Apelaciones modificó la decisión, reduciendo la cuota al 10% de sus ingresos y decretando el cese de la obligación alimentaria a partir del 1-1-2026.
¿Quién es el actor?
K. V. R.
¿A quién se demanda?
C. F. P.
- Objeto de la demanda: Cuota alimentaria a favor de L. J. P.
- Decisión del tribunal: Se modifica la sentencia de primera instancia, reduciendo la cuota alimentaria y decretando su cese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La magistrada rechazó la excepción de falta de legitimación activa; desestimó la petición alimentaria efectuada en representación de M. J. P. e hizo lugar parcialmente a la demanda estableciendo una cuota en favor de L. J. P. y a cargo del progenitor en la suma equivalente al 20% de los haberes netos mensuales de este último." "Entiendo que corresponde valorar que la Sra. LJP (hoy Oficial de Policía) percibió una remuneración durante su periodo de formación profesional, de conformidad con la normativa vigente." "La obligación alimentaria cesó de pleno derecho desde el 1-1-2026 (art. 663 del CCyC)." "Las costas de primera instancia deben ser distribuidas en un 50 % a cada parte."
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